Muévete con tu Mascota 🐾✈️🌍

Vayas donde vayas estas vacaciones te dejamos toda la info actualizada que necesitas para moverte con tu peludo ¡por todo el mundo! 🐾✈️🌍

Recuerda que tu peludo siempre debe viajar contigo, o una persona autorizada.

Si vas a viajar con tu mascota dentro de la UE, existen unas normas que se aplican en todos los Estados Miembros. Pero si vas a visitar un país de fuera de la UE, para entrar en ese país debes cumplir lo que pida el mismo y para volver a la UE también debes tener en cuenta una serie de normas. 

Te dejamos la información actualizada del Gobierno de España para este 2024.

1. Viajar desde España a un país de la UE:

• Tu mascota debe estar identificada con microchip, o tatuaje (si éste se hizo antes del 03/07/2011) y siempre que continúe legible. 

 • Estar vacunada frente a la rabia con una vacuna válida en el momento de realizar el viaje.

• Disponer de un Pasaporte Europeo para el movimiento de animales de compañía.

Si vas a viajar a Irlanda, Malta o Finlandia, además:
• Debes tratar a tu perro contra E.multilocularis entre 24 y 120 horas antes de llegar al país de destino.

2. Viajar desde España a un país no miembro de la UE:

Para viajar a un país tercero debes cumplir los requisitos de cada país:
• Infórmate en la Embajada o Consulado de ese país.
• Infórmate en la página web del Ministerio responsable del país.
• Consulta el apartado de Exportación de Animales en la página de CEXGAN: Click Aquí 
• Echa un Vistazo a esta Infografía: 
Viaja con tu mascota fuera de la UE 
• Contacta con el  Área de Agricultura de tu zona: 
Descarga el Listado de Contactos

Los países de la Parte I del Anexo II del R (UE) 577/2013 (Andorra, Suiza, Islas Feroe, Gibraltar, Groenlandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega, San Marino, Ciudad del Vaticano, Islandia e Irlanda del Norte) se consideran equivalentes a la Unión Europea en términos sanitarios, por lo que la entrada en la UE desde cualquiera de esos países se considera un movimiento intracomunitario, y debe cumplir con los requisitos del Apartado 1. 
Sin embargo, para viajar desde España a cualquiera de esos países, se han de considerar como países no pertenecientes a la UE, y atender a lo especificado anteriormente. Normalmente es suficiente con el Pasaporte Europeo en vigor, pero otros países tienen requisitos específicos como es el caso de Islandia.
Si vas a Noruega o Irlanda del Norte, además deberás tratar a su perro contra E.multilocularis entre 24 y 120 horas antes de llegar al país.

Para obtener el certificado de exportación de tu mascota, tu veterinario debe solicitarlo a través de la aplicación CEXGAN
Preguntas frecuentes mascotas CEXGAN

3. Viajar a España desde un país de la UE:

Para introducir un perro, gato o hurón de compañía en España, debe:


 • Estar identificado con un microchip, o tatuaje (si éste se hizo antes del 03/07/2011) y siempre que continúe legible. 

 
• Estar vacunado frente a la rabia con una vacuna válida en el momento de realizar el viaje e incluida en el pasaporte.


• Disponer de un Pasaporte Europeo para el movimiento de animales de compañía. 
En el pasaporte  deberán estar cumplimentados los apartados “Propietario”, “Descripción del animal”, “Marcado”, “Expedición del pasaporte” y “Vacunación antirrábica”- Ver anexo I de la Instrucción.
No son obligatorios para los desplazamientos desde otros Estados Miembros a España los apartados de Test serológico, Tratamiento contra las garrapatas, Tratamiento contra Equinococcus, Otras vacunaciones, Examen clínico, Legalización y Otros.

Haz Click aquí para más información sobre la introducción en España de perros, gatos y hurones procedentes de otros Estados miembros

No se conceden excepciones, ni se autoriza la entrada en España de perros, gatos y hurones menores de 15 semanas, y por lo tanto no vacunados con una vacuna válida contra la rabia:  
• La edad mínima para vacunar a los animales es de 12 semanas.
• Para que la vacuna sea válida deben pasar al menos 21 días desde la inoculación.

4. Volver a España tras visitar un país no miembro de la UE:

Debes volver con su animal de compañía a través de uno de los Puntos de Entrada Listado (4 de diciembre 2023) de viajeros designados, y declarar al Resguardo Fiscal de la Guardia Civil que viaja con un animal de compañía, presentando su documentación.

Si vas a viajar a uno de los países terceros incluidos en el Anexo II del Reglamento (UE) 577/2013, para volver, tu mascota debe cumplir lo indicado en el Apartado 3.

Si vas a viajar a un país no listado en el Anexo II (país con riesgo de rabia), debe cumplir los requisitos del Apartado 3, y además:
• Debes realizar un test serológico frente a la rabia en un laboratorio autorizado, antes de viajar.
• El resultado de dicha prueba lo reflejará tu veterinario en el pasaporte, y deberá ser igual o superior a 0.5 UI/ml.

Test serológico frente a la rabia.
Al menos 30 días después de la vacunación frente a la rabia (en el caso de primo vacunación) deberá tomarse una muestra de sangre al animal para verificar que el nivel de anticuerpos post vacunales es suficiente, es decir, igual o superior a 0.5 UI/ml.
Consulta Aquí la lista actualizada de laboratorios autorizados.

Nota informativa

 La entrada del animal solo estará autorizada pasados 3 meses desde la fecha de extracción de la muestra de sangre. (Ver preguntas frecuentes) Por ello, la edad mínima de un animal que proceda de un país con riesgo de rabia será de 7 meses:
• La edad mínima para vacunar a los animales será de 12 semanas.
• La muestra de sangre para el test de anticuerpos se tomará como pronto 30 días después de la inoculación.
• Deben pasar 3 meses desde que se tomó la muestra de sangre hasta que el animal puede entrar en la UE.
En caso de que el animal se desplace desde un país de la Unión Europea, a un tercer país para después volver, este plazo de tres meses no se aplicará, si se realiza la valoración con resultado favorable antes de que dicho animal abandone el territorio de la Unión Europea. Esta información se recogerá en el pasaporte del animal. Si se mantiene el protocolo de vacunación el test serológico será válido durante toda la vida del animal.